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La paridad de género, el lenguaje incluyente y la igualdad sustantiva, no deben ser objeto de intercambio político: Cristina Portillo Ayala

Morelia; Michoacán,  diciembre de 2018.- La paridad de género y el lenguaje incluyente en las leyes no son principios extraordinarios y tampoco deben constituir elementos que se conviertan en objetos de intercambio por intereses políticos; son atributos que constituyen una marca, un sello distintivo de una sociedad que avanza y que evoluciona hacia escenarios de absoluta igualdad sustantiva, aseguró la diputada Cristina Portillo Ayala.

Al presentar hoy aquí una iniciativa de reforma a diferentes artículos de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo -pues en su condición actual no considera el principio de paridad y se maneja, de hecho, un lenguaje excluyente-, reconoció el avance en México hacia la igualdad sustantiva, pero las mujeres aún no se encuentran en los puestos de decisión política. Ni siquiera en el congreso donde los cargos importantes son para los hombres.

En tribuna, pidió a diputados y diputadas, analizar de manera muy puntual esta iniciativa de reforma a la ley interna del Congreso pues, de hacerlo, “pasaremos a la historia como un congreso incluyente que logra las reformas necesarias para que la igualdad sustantiva en nuestras propias normas, sean realidad”.

Dijo que la reforma del 10 diez de febrero de 2014 al artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos significó un avance considerable hacia la construcción de una sociedad más justa, incluyente y democrática e influyó de manera determinante para reducir las brechas de desigualdad entre los hombres y mujeres.

Allí, se estableció la paridad como un principio constitucional cuyo objetivo último es la igualdad sustantiva entre los sexos, para que los derechos político electorales de las y los ciudadanos se ejerzan en condiciones de igualdad.

La paridad es ahora en México por decreto constitucional, una medida permanente para lograr la inclusión de mujeres en los espacios de decisión pública.

Sin embargo, aclaro, “es evidente que no podemos sujetar la condición de paridad solo en la esfera de los derechos político electoral, pues si bien las mujeres hoy ejercemos el derecho a ser candidatas a cargos de elección popular y los ganamos, aún no nos encontramos en las posiciones estratégicas de decisión política, como debe ser”.

En esta perspectiva, “hoy debemos transitar hacia una nueva etapa en el que se construya un entorno legal que permita materializar la participación directa de las mujeres en los ámbitos de mayor poder de decisión”, aseveró Cristina Portillo al sentenciar que las mujeres en México y particularmente en Michoacán, “debemos participar en los ámbitos donde se toman decisiones que determinan la vida colectiva de los hombres y mujeres en sociedad.

Y concluyó: Es indiscutible que la paridad debe convertirse en una medida permanente para lograr la inclusión de las mujeres en los espacios de decisión pública y política “pues nadie debe regatearnos ese legítimo derecho”.

La iniciativa de Cristina Portillo Ayala reforma los artículos 29, 34, 53, 54, 55 y 98 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo.

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